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Convocatoria de acreditación de competencias profesionales en la Comunidad Autónoma Valenciana

Evaluación y acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación en distintas familias y áreas profesionales, en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

 ¿Qué se puede solicitar?
  • Nombre del trámite

    Evaluación y acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación en distintas familias y áreas profesionales, en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

    Objeto del trámite

    Se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de las unidades de competencia que figuran en el apartado de Información Complementaria.

    ¿Quién puede iniciarlo?

  • Interesados/Solicitantes

    Las personas que cumplan los siguientes requisitos:

    Requisitos

    1. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración

    2. Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia de nivel 2, y de 18 años para el nivel 1.

    3. Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
    a) En el caso de experiencia laboral: Justificar al menos 3 años, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1200 horas trabajadas en total.
    b) En el caso de formación: Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

    Los candidatos mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados en el apartado anterior y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados en el anexo IV de la Resolución, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento.

    Presentarán la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho de su experiencia laboral o aprendizajes no formales.

    La falta del cumplimiento de los requisitos establecidos comporta la exclusión de la convocatoria.

     

     

  • ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?Los preinscritos admitidos al procedimiento deberán abonar las siguientes tasas:

    1. Para acceder a la fase de asesoramiento, el candidato deberá abonar 25 euros.
    2. Por cada Unidad de Competencia a evaluar, el candidato deberá abonar 12 euros.

    Las presentes tasas se fijan al amparo de lo dispuesto en el artículo 133 del Decreto Legislativo 1/2005, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat y específicamente lo indicado al respecto en la Ley 16/2010, del Consell

    Las exenciones o minoraciones en el importe de las tasas serán las contempladas en el artículo 132 del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat Valenciana: “Se encontrarán exentos del pago los sujetos pasivos que se encuentren inscritos como demandantes legales de empleo, con una antigüedad mínima de 3 meses, referida a la fecha de la respectiva inscripción”

    ¿Cuándo solicitarlo?

  • Plazo de presentación

    El plazo de presentación de solicitudes será de 21 días naturales a partir de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 7039, de 05/06/13.

    ¿Dónde dirigirse?

  • - Tanto la solicitud como el autobaremo deberán cumplimentarse y enviarse telemáticamente.

    - Ambos documentos estarán disponibles en la web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte (Educación, Cualificaciones Profesionales) a partir del día 6 de junio de 2013, en la siguiente dirección de internet: http://www.cece.gva.es/eva/val/ivqp/ivqp.htm

    Una vez cumplimentados ambos documentos y remitidos on line, el aspirante deberá IMPRIMIRLOS para presentarlos personalmente, si es seleccionado en la fase de preinscripción, junto con la documentación que se indica a continuación, ante la comisión de evaluación del centro que le haya sido asignado.

     ¿Qué documentación se debe presentar?

  • Si el aspirante es seleccionado en la fase de preinscripción, junto con la solicitud y el autobaremo, presentará ante la comisión de evaluación del centro que le haya sido asignado la siguiente documentación acreditativa:

    a) En caso de ciudadano español: DNI o pasaporte en vigor
    En caso de ciudadano comunitario: Certificado de registro de ciudadano comunitario
    En caso de familiar de ciudadano comunitario:Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea
    En caso de ciudadano no comunitario: Autorización de residencia o autorización de residencia y trabajo

    b)Certificado de empadronamiento

    c) Documentos justificativos de la experiencia laboral:
    1) Para los trabajadores asalariados
    Certificación de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la Mutualidad a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, y además, Contrato de trabajo o certificado/s de empresa/s conforme al modelo anexo VI de la Resolución de 30 de mayo de 2013, donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, tipo de jornada, la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. También serán válidos los certificados de empresas que contengan los datos citados anteriormente.

    2) Para trabajadores autónomos o por cuenta propia: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y además,descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma, que se cumplimentará obligatoriamente en el bloque correspondiente del apartado de autobaremo del anexo II.2

    3) Para trabajadores voluntarios o becarios: Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas, según el modelo del anexo VIII de la Resolución de 30 de mayo de 2013. También serán válidos los certificados de las organizaciones que contengan los datos citados anteriormente.

    d) Documentos justificativos de la formación no formal:
    Certificación de la entidad organizadora en la que consten los contenidos, las horas de formación y la fecha de la misma, conforme al modelo anexo VIII de la Resolución de 30 de mayo de 2013. También serán válidos los certificados de las entidades que contengan los datos citados anteriormente.

    e) Solicitantes mayores de 25 años que, reuniendo los requisitos de experiencia laboral o formativa, no puedan documentarlos: Presentarán la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho, de su experiencia laboral o aprendizajes no formales de formación.

    Impresos asociados

    Cualificaciones profesionales. Acceso a la solicitud

     ¿Cómo se tramita?

  • Pasos

    1.- FASE DE PREINSCRIPCIÓN
    - Los interesados deberán cumplimentar telemáticamente la solicitud y el autobaremo, y se quedarán copia de las mismas.
    - En la preinscripción las personas pueden elegir de manera priorizada, el total de centros o sedes previstos para llevar a cabo el procedimiento en la familia o área profesional por la que se participa.
    - La asignación del centro o sede se efectuará, sucesivamente, de acuerdo con:
    · La ordenación de los candidatos derivada de los criterios de prioridad.
    · El centro o sede priorizada.
    · El número de plazas asignadas finalmente a cada sede.

    * Listas provisionales de preinscritos admitidos.
    - En la web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte (Educación: Cualificaciones Profesionales, http://www.cece.gva.es/eva/val/ivqp/ivqp.htm) se harán públicas las listas provisionales, indicando los preinscritos admitidos, señalando el centro o sede adjudicada, los no admitidos, que quedarán en lista de espera y los excluidos.

    * Reclamación y subsanación de las listas provisionales
    - Durante los 10 días hábiles siguientes al de su publicación, las personas interesadas pueden reclamar o solicitar la subsanación de algún error detectado, a través del procedimiento telemático que se indique junto a la lista provisional.

    * Listas definitivas de los preinscritos admitidos, no admitidos y de los excluidos.
    - El Servicio de Gestión de la Formación y Cualificación Profesional recibidas las solicitudes, corregirá, si procede, los errores a instancia de los interesados en el plazo máximo de 5 días hábiles siguientes al de la finalización del plazo de reclamación, y hará pública en la web citada anteriormente, las listas definitivas con los preinscritos admitidos, con indicación del centro o sede adjudicado, los no admitidos en lista de espera y los excluidos.
    - Al publicar las listas definitivas se convocará a los preinscritos admitidos, a una sesión informativa de obligada asistencia en las respectivas sedes.

    * Consideración de los preinscritos no admitidos.
    - Los preinscritos no admitidos conforman una lista de espera y pasarán a ser admitidos si se generan vacantes dentro del periodo de admisión e inscripción en el centro o sede correspondiente.

    2.- FASE DE ADMISIÓN
    - Los candidatos preinscritos admitidos llevarán personalmente la documentación que acredite los méritos alegados en su solicitud y autobaremo a la sesión informativa de obligada asistencia, citada anteriormente.
    - Las comisiones de evaluación revisarán la documentación y, si es el caso, rebaremarán o excluirán a quien no cumpla los requisitos mínimos.
    - En 5 días hábiles publicarán las listas provisionales de admitidos.
    - Los candidatos inicialmente admitidos a los que se le haya variado el baremo, podrán reclamar en el plazo de 5 días hábiles, y la comisiones resolverán en otros 5 días hábiles.

    DUDAS O CONSULTAS
    Cualquier duda sobre la convocatoria será atendida en el correo ivqp@gva.es y en los teléfonos siguientes: 961923382, 961923388, 961923364 y 961923302 de 09h a 14h

     

     

  • ¿Qué recursos proceden contra la resolución?Contra la resolución de las listas definitivas podrá interponerse en el plazo de un mes recurso de alzada, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 114.1 de la Ley 30/92, ante el director general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.

     

     

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente? 
  • http://www.cece.gva.es/eva/val/ivqp/ivqp.htm 
  • Información complementaria* UNIDADES DE COMPETENCIA CONVOCADAS

    A) FAMILIA PROFESIONAL: SANIDAD:

    1.- Cualificación profesional : Transporte sanitario (SAN025_2) (RD 295/2004)
    - Unidades de competencia:
    . UC0069_1 Mantener preventivamente el vehículo sanitario y controlar la dotación material del mismo.
    . UC0070_2 Prestar al paciente el soporte vital básico y apoyo al soporte vital avanzado.
    . UC0071_2 Trasladar al paciente al centro sanitario útil.
    . UC0072_2 Aplicar técnicas de apoyo psicológico y social en situaciones de crisis.
    - Título: Técnico en Emergencias Sanitarias (RD 1397/2007)
    - Certificado de Profesionalidad: Transporte sanitario (SANT0208)(RD710/2011)

    2.- Cualificación profesional : Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes (SAN122_2) (RD 1087/2005)
    Unidades de competencia:
    . UC0360_2 Colaborar en la organización y el desarrollo de la logística sanitaria en escenarios con múltiples víctimas y catástrofes, asegurando el abastecimiento y la gestión de recursos y apoyando las labores de coordinación en situaciones de crisis.
    . UC0361_2 Prestar atención sanitaria inicial a múltiples víctimas.
    . UC0362_2 Colaborar en la preparación y en la ejecución de planes de emergencias y de dispositivos de riesgo visibles.
    . UC0072_2 Aplicar técnicas de apoyo psicológico y social en situaciones de crisis.
    - Título: Técnico en Emergencias Sanitarias (RD 1397/2007)
    - Certificado de profesionalidad: Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes(SANT018)(RD710/2011)

    B) FAMILIA PROFESIONAL: SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD

    1.- Cualificación Profesional: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSC320_2) (RD 1368/2007)
    - Unidades de competencia.
    . UC1016_2 Preparar y apoyar las intervenciones de atención a las personas y a su entorno en el ámbito institucional indicadas por el equipo interdisciplinar.
    . UC1017_2 Desarrollar intervenciones de atención fisica dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
    . UC1018_2 Desarrollar intervenciones de atención sociosanitaria dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
    . UC1019_2 Desarrollar intervenciones de atención psicosocial dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
    - Título:Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSCS0208) (1379/2009)
    - Certificado de profesionalidad: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSCS0208)(RD721/2011)

    2.- Cualificación Profesional: EDUCACIÓN INFANTIL (SSC322_3) (RD 1368/2007)

    - Unidades de competencia.
    . UC1027_3 Establecer y mantener relaciones fluidas con la comunidad educativa y coordinación con las familias, el equipo educativo y con otros profesionales
    . UC1028_3 Programar, organizar, realizar y evaluar procesos de intervención educativa de centro y de grupo de niños y niñas
    . UC1029_3 Desarrollar programas de adquisición y entrenamiento en hábitos de autonomía y salud, así como otros de intervención en situaciones de riesgo
    . UC1030_3 Promover e implementar situaciones de juego como eje de la actividad y del desarrollo infantil
    . UC1031_3 Desarrollar los recursos expresivos y comunicativos del niño y la niña como medio de crecimiento personal y social
    . UC1032_3 Desarrollar acciones para favorecer la exploración del entorno a través del contacto con los objetos; relaciones del niño o niña con sus iguales y con las personas adultas
    . UC1033_3 Definir, secuenciar y evaluar aprendizajes, interpretándolos en el contexto del desarrollo infantil de cero a seis años
    - Título:Técnico Superior en educación infantil (RD 1394/2007)
    - Certificado de profesionalidad:No existe Certificado de Profesionalidad asociado a esta cualificación

    C) FAMILIA PROFESIONAL: ARTES Y ARTESANÍAS

    1.- Cualificación Profesional: CONSTRUCCIÓN DE DECORADOS PARA LA ESCENOGRAFÍA DE ESPECTÁCULOS EN VIVO, EVENTOS Y AUDIOVISUALES(ART 523_3)(RD 145/2011)
    - Unidades de competencia.
    . UC1706_3 Definir las condiciones escenográficas para la construcción de decorados de espectáculos en vivo, eventos y audiovisual
    . UC1707_3 Desarrollar el proyecto técnico constructivo de decorados para la escenografía de espectáculos en vivo, eventos y audiovisual
    . UC1708_3 Planificar y supervisar la construcción de decorados para la escenografía de espectáculo en vivo, eventos y audiovisual
    . UC1709_3 Realizar la construcción de estructuras y mecanismos de decorados para espectáculos en vivo, eventos y audiovisual
    . UC1710_3 Realizar ornamentos y efectuar los acabados de decorados para la escenografía de espectáculos en vivo, eventos y audiovisual
    2.- Cualificación Profesional incompleta: MAQUINARIA ESCÉNICA PARA EL ESPECTÁCULO EN VIVO. (ART524_3 – ART526_3) (RD 145/2011)
    . UC1711_3 Participar en el establecimiento del proyecto de la escenografía para el espectáculo en vivo.
    - Título: Técnico Superior artista fallero y construcción de escenografías (RD 1690/2011)
    - Certificado de profesionalidad: En la cualificación profesional: CONSTRUCCIÓN DE DECORADOS PARA LA ESCENOGRAFÍA DE ESPECTÁCULOS EN VIVO, EVENTOS Y AUDIOVISUALES, no existe Certificado de Profesionalidad asociado. La UC 1711_3 de la cualificación: MAQUINÁRIA ESCÉNICA PARA EL ESPECTÁCULO EN VIVO UTILLERÍA PARA EL ESPECTÁCULO EN VIVO, esta asociada al Certificado de Profesionaldad : MAQUINÁRIA ESCÉNICA PARA EL ESPECTÁCULO EN VIVO (ARTU0110 ARTU0111) (RD 1521/2011)

    * PLAZAS CONVOCADAS
    El número de candidatos admitidos en el presente procedimiento se limita a :

    . 400 personas para las cualificaciones de la Familia Profesional de Sanidad
    . 600 para la cualificacion de Educación Infantil y 600 para la cualificación de Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, ambas de la Familia Profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
    . 290 para las cualificaciones de la Familia Profesional de Artes y Artesanías.

    Criterios de valoración

    Para ser admitido en el procedimiento será necesario:
    1. Cumplir con los requisitos previstos en el apartado 1 del Anexo I de la Resolución de 30 de mayo de 2013.
    2. Encontrarse entre los aspirantes seleccionados a participar en el procedimiento, en alguna de las cualificaciones profesionales convocadas, una vez aplicado lo establecido en el apartado 7 de la mencionada resolución.

    Criterios de ordenación.
    En el caso de que hayan más solicitudes que plazas, se aplicarán los criterios de prioridad que se detallan a continuación:
    Criterios de prioridad:
    Criterio 1º: Solo en la familia profesional de Servicios Socioculturales y a la Comunidad, área de Asistencia Social. Residentes en la Comunitat Valenciana que no posean ninguno de los requisitos de titulación o formación establecidos en la normativa vigente, tanto estatal como autonómica, que permiten el ejercicio profesional de gerocultor en instituciones sociales, ver anexo V

    Criterio 2º: Residentes en la Comunitat Valenciana que hayan sido admitidos y hayan participado en procedimientos de reconocimiento de competencias convocados por el organismo competente de la Generalitat Valenciana, sin obtener el reconocimiento de todas la unidades de competencia que solicitó.

    Criterio 3º: Residentes en la Comunitat Valencia

    Criterio 4º: Resto de candidatos independientemente de su lugar de residencia

    Dentro de los criterios de prioridad anteriores las solicitudes se ordenarán por bloques con la prelación que se detalla a continuación. Por lo que los candidatos deberán optar por la participación en uno sólo de los bloques a efectos de baremo, con independencia de que cumplimenten su historial en el resto de bloques.

    1º.- Bloque: Personas con una experiencia laboral mínima (ver base 1.3.a.) relacionada con la cualificación profesional
    Dentro de este bloque se ordenarán los candidatos por la experiencia laboral (asalariados o autónomos), ordenadas de forma decreciente por el mayor número de días acreditados mediante el Informe de Vida Laboral o informe de la mutualidad correspondiente.

    2º: Bloque: Trabajadores voluntarios o becarios que cumplan los requisitos de experiencia laboral mínima
    Dentro de este bloque se ordenarán los candidatos por la experiencia laboral, ordenadas de forma decreciente por el mayor número de días acreditados mediante certificación de la organización donde haya prestado la asistencia.

    3º.- Bloque: Personas que acrediten únicamente formación no formal suficiente relacionada con las Unidades de Competencia en las que se preinscriben.
    Dentro de este bloque se ordenarán, de forma decreciente, por el mayor número de horas de formación, acreditadas mediante los certificados correspondientes.

    4º.- Bloque: Mayores de 25 años que reuniendo los requisitos de la convocatoria de experiencia laboral y/o formativa no puedan justificarlo con la documentación prevista en el anexo IV.
    Dentro de este bloque se ordenarán primero los candidatos por la experiencia laboral (asalariados o autónomos) de forma decreciente por el mayor número de días declarados y a continuación las personas con sólo formación no formal suficiente por orden de llegada de la solicitud.

    En caso de empate en algún apartado, las personas candidatas se ordenarán, de forma decreciente, por orden de llegada de la solicitud.

    Criterios para la asignación de centro o sede y listas de preinscritos admitidos

    La asignación del centro o sede se efectuará, sucesivamente, de acuerdo con:
    a) La ordenación de los candidatos derivada de los criterios de prioridad.
    b) El centro o sede priorizada.
    c) El número de plazas asignadas finalmente a cada sede.

    En la preinscripción las personas pueden elegir de manera priorizada, el total de centros o sedes previstos para llevar a cabo el procedimiento en la familia o área profesional por la que se participa.

     

     

  • Fuentes jurídicas y/o documentalesNormativa

    - Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE nº 205, de 25/08/09).
    - Resolución de 30 de mayo de 2013, de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por la que se promueve en la Comunitat Valenciana la evaluación y acreditación de determinadas unidades de competencia profesional, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, en distintas familias y áreas profesionales (DOCV nº 7039, de 5/06/13).